La defensa puede solicitar un testimonio que solo fue descubierto por la Fiscalía
AP4652-2025, rad.67471, CSJ-SP, M.P.: Gerardo Barbosa Castillo
La Sala Penal de la Corte Suprema resolvió la apelación presentada por la defensa de una procesada por los delitos de prevaricato por acción y por omisión. El Tribunal había negado la práctica de un testimonio solicitado por el defensor, al considerar que no fue descubierto dentro del plazo correspondiente.
La Corte señaló que, tratándose de una prueba de interés común —como ocurre con el interrogatorio directo del testigo mencionado—, su descubrimiento y enunciación se entiende cumplido por la parte que la pidió inicialmente, en este caso, la Fiscalía. A la defensa solo le corresponde, entonces, solicitar su decreto y argumentar su pertinencia.
Esto, porque solo después de conocer el descubrimiento y la enunciación realizados por la Fiscalía surge para la defensa el interés en acoger esa prueba como común y solicitar autorización para practicar el interrogatorio directo. De ahí que la defensa, como ocurrió en este asunto, podía formular la solicitud probatoria sobre un elemento ya descubierto por el ente acusador. En palabras de la Corte: “… podía realizar la solicitud probatoria frente aquello que ya había sido descubierto por el ente acusador.”
En consecuencia, la Corte revocó parcialmente la decisión apelada y ordenó la práctica del testimonio.
AP4652-2025
