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¿Qué es prueba? Los tres significados de la palabra prueba.

Aquí intentaremos definir y comprender a qué nos referimos los juristas cuando utilizamos la palabra prueba en el contexto jurídico.

Tengo la impresión de que el primer obstáculo al que nos enfrentamos al comenzar a estudiar una materia especializada es el lenguaje. Piénsese, por ejemplo, en la medicina o la psicología, donde existen tantas palabras técnicas, de difícil o casi imposible comprensión para las personas que no estamos familiarizadas con estos temas. Cuando estamos en medio de una conversación entre dos o más especialistas, parece que nos están hablando en otro idioma.

Creo que el tecnicismo en el lenguaje en áreas especializadas está justificado, pues busca una mayor precisión en las palabras para describir determinados objetos y, además, permite una mayor fluidez en la comunicación entre especialistas, lo que propicia un mayor avance del conocimiento. Por supuesto, si se exagera con tanto tecnicismo, hay que tener cuidado con la exclusión del conocimiento.

El derecho probatorio no es la excepción a esta regla general. Por eso, la primera barrera que debemos superar es el lenguaje técnico dentro de esta especialidad, con un rasgo y dificultad particular: todos creen saber de prueba. Me parece que, por tratarse de un tema tan íntimamente ligado con la razón y el sentido común, las personas en general sienten la capacidad de opinar sobre la prueba de un hecho con relevancia normativa sin mayores preocupaciones o reservas, como si las tendrían en otros temas más complejos.

Durante todos los apuntes iremos superando esta barrera. Pero en este punto nos ocuparemos de la palabra clave: la prueba.

Hay dos grandes problemas en torno al uso de la palabra prueba en el contexto jurídico: la polisemia y la sinonimia. Son problemas fáciles de superar, pues no son nada complejos, pero son muy importantes. Así que les pido la mayor atención.

LOS TRES SIGNIFICADOS DE LA PALABRA PRUEBA. 

Empecemos por la polisemia.

Es una idea recurrente en los textos de derecho probatorio. La palabra prueba se utiliza en tres sentidos posibles; tiene tres significados o acepciones: i) como medio, ii) como procedimiento o actividad y iii) como resultado. No creo que estos sean los únicos significados, pero sí es cierto que son los más frecuentes, especialmente el primero y el tercero. Vamos a ver cada uno.

Prueba como medio. La palabra “prueba” en el contexto jurídico hace referencia a todos los objetos (en un sentido amplio) que tienen la capacidad de captar información y luego transmitirla. Algunos ejemplos de medios de prueba son: el testimonio, el documento, la prueba pericial, entre otros. El artículo 165 del CGP dispone: “Son medios de prueba la declaración de parte, la confesión, el juramento, el testimonio de terceros, el dictamen pericial, la inspección judicial, los documentos, los indicios, los informes (…);” el artículo 382 del CPP establece: “Son medios de conocimiento la prueba testimonial, la prueba pericial, la prueba documental, la prueba de inspección, los elementos materiales probatorios, evidencia física (…)”.

El común denominador de estos objetos es que tienen la capacidad de captar información y luego transmitirla en un escenario en el que se les requiera para resolver un conflicto con base en normas jurídicas. En el caso del testimonio, aunque una persona no es en sentido estricto un objeto, lo cierto es que cumple, al igual que el documento, la función de captar información (por medio de su capacidad de percibir la realidad) y luego transmitirla (por medio de su capacidad de memorizar, recordar y declarar).

Esta acepción es sinónima de medio de prueba. En resumen, el uso de la palabra prueba como medio hace referencia a los elementos que proporcionan información al proceso con el objetivo de que se tome una decisión sobre la demostración de los hechos objeto de controversia. 

Veamos algunos ejemplos del uso de la palabra con este significado: 

– “El conjunto de pruebas que obran en el proceso demuestran de manera contundente la ocurrencia del hecho alegado por el demandante”. 

– “Una de las pruebas que más llaman la atención de las aportadas por la Fiscalía es el testimonio de la pareja sentimental de la víctima”

– “Aquí, la prueba más importante para concluir que el hecho no quedó demostrado es el video de seguridad”

– “Además de las tres pruebas testimoniales, obran diez pruebas documentales”.

En todas estas ejemplos, la palabra prueba se utiliza para señalar los elementos de conocimiento de los que se puede extraer información para tomar una decisión sobre la demostración de un hecho. 

Prueba como procedimiento o actividad. Ahora, vamos a hablar sobre otro significado importante de la palabra “prueba”. En este caso, se refiere a la actividad o procedimiento necesario para que una prueba sea válida y pueda fundamentar una decisión judicial.

Que una prueba sea relevante —como veremos más adelante— para demostrar un hecho, no siempre es suficiente para que se tenga en cuenta en un proceso legal. Este tipo de pruebas pueden ser consideradas en investigaciones fuera del ámbito judicial, como en pesquisas privadas, investigaciones periodísticas o en estudios científicos, donde los procedimientos pueden ser menos estrictos. Pero en el ámbito judicial, en el contexto de un proceso, la importancia de la prueba es una condición necesaria, pero no suficiente.

Además de que la prueba sea relevante, es crucial que haya sido obtenida a través de un procedimiento adecuado, conforme a las normas establecidas por la ley. Es decir, la prueba debe cumplir con ciertos requisitos para que pueda ser considerada dentro del proceso. Este conjunto de requisitos no depende del arbitrio del juez, sino de normas abstractas, como la ley, que regulan cómo debe llevarse a cabo el procedimiento para la admisión de pruebas en el proceso judicial.

Sin este procedimiento, por más importante que sea la prueba con la que se cuente, no se podrá considerar como prueba jurídica. 

Reflexión sobre este significado. Aunque este significado es relevante, considero que es un concepto que deberíamos desaprender, ya que la prueba y el procedimiento son dos conceptos distintos. Relacionarlos bajo un mismo término puede llevar a confusión. Suena raro. Con esto, no quiero restar importancia al procedimiento, sino abogar por un lenguaje que, aunque técnico, sea más cercano al sentido común y al uso ordinario de las palabras.

En la práctica, no es común utilizar la palabra prueba para referirse al procedimiento, pero mientras este significado siga presente en algunos textos jurídicos, es importante conocerlo.

Prueba como resultado. En este caso, la mirada ya no está ni en el objeto ni en el procedimiento. Aquí, la atención se centra en la conclusión a la que se llega luego de valorar las pruebas. Se trata del resultado final de la actividad probatoria, la respuesta a la pregunta: ¿hay o no hay prueba sobre los hechos objeto de discusión en el proceso?

Con este significado, la palabra prueba se utiliza para hacer referencia a la conclusión sobre la demostración de los hechos, independientemente de los elementos de conocimiento o del procedimiento mediante el cual se llega a esa conclusión. El énfasis está en el resultado de la valoración de las pruebas.

Es común que cuando algún actor dentro del proceso se refiera a este tema, como en la sentencia del juez o los alegatos de los abogados, utilicen expresiones como: “hay prueba sobre el hecho A” o “no hay prueba para tener como demostrado el hecho B”. En este contexto, la palabra prueba no se refiere al elemento de conocimiento ni al procedimiento, sino a la conclusión a la que se llega después de valorar las pruebas generadas en el proceso.

Es muy importante no confundir prueba como medio con prueba como resultado. Esta distinción será fundamental, por ejemplo, cuando estudiemos la naturaleza jurídica del indicio.

Algunos ejemplos del uso de la expresión bajo este significado:

– “Señor Juez, está claro que en el expediente hay prueba sobre el hecho en cuestión.”

– “La prueba es contundente: el acusado cometió el delito por el que se le acusa.”

– “Luego de valorar las pruebas bajo el marco de la sana crítica, se concluye que hay prueba sobre los hechos alegados por el demandante.”

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